SAN DIEGO ( Informe Fronterizo ) — Dado que se espera que el Título 42 acabe el 11 de mayo, el Título 8 seguirá utilizándose para expulsar a los inmigrantes que no tienen una base legal para permanecer en los Estados Unidos.

Según el vocero de la Patrulla Fronteriza, Ángel Moreno, el Título 8 ha permanecido vigente durante la pandemia, incluso cuando se instituyó el Título 42.

El Título 8 es una orden aprobada por los Estados Unidos hace casi 83 años.

El Título 42, que también se remonta a la Segunda Guerra Mundial, es una política de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades emitida para prevenir la propagación de enfermedades. En 2020, fue restablecido por la administración Trump.

El Título 42 detuvo el flujo de inmigrantes hacia los Estados Unidos al expulsarlos casi inmediatamente después de la aprehensión, lo que les impidió solicitar asilo.

Antes de eso, el Título 8 había sido la condición principal implementada por la Patrulla Fronteriza para enviar a los migrantes de regreso a México, dijo Moreno.

“Legalmente hablando, no es una expulsión, es una remoción bajo la disposición del Título 8”, dijo Moreno. “Es lo que usamos en el pasado, y en el futuro, si levantan el Título 42, entonces estaremos operando bajo eso”.

El Título 8 conlleva sanciones para los migrantes que son devueltos.

“Hay una remoción expedita que podemos procesar a las personas bajo las cuales se les impone una prohibición de cinco años”, dijo. “También está la reincorporación después de una destitución anterior que conlleva una prohibición de 20 años”.

Moreno dijo que algunos de los que son enviados de regreso no podrán ingresar a Estados Unidos hasta por 20 años.

El Título 8 hace excepciones para personas de poblaciones vulnerables.

“Algunas personas que podrían estar alegando un temor creíble de persecución podrían ser procesadas con un aviso para comparecer”, dijo Moreno.

Según Moreno, entonces un juez decidirá si el migrante puede permanecer en Estados Unidos.

El 27 de abril, el Departamento de Estado de Estados Unidos emitió un decreto que establece que “el levantamiento de la orden del Título 42 no significa que la frontera esté abierta”.

Continúa diciendo: “Cuando se levante la orden del Título 42 a las 11:59 p. m. del 11 de mayo, Estados Unidos volverá a usar las autoridades de inmigración del Título 8 para procesar y expulsar rápidamente a las personas que llegan ilegalmente a la frontera de EE. UU. Estas décadas- las antiguas autoridades conllevan graves consecuencias para la entrada ilegal, incluida una prohibición de reingreso de al menos cinco años y un posible enjuiciamiento penal por intentos repetidos de ingresar ilegalmente.Se espera que el regreso al procesamiento bajo el Título 8 reduzca la cantidad de cruces fronterizos repetidos con el tiempo, que aumentó significativamente bajo el Título 42. Las personas que cruzan a los Estados Unidos en la frontera suroeste sin autorización o sin haber utilizado un camino legal, y sin haber programado un tiempo para llegar a un puerto de entrada, se presume que no son elegibles para asilo bajo un nuevo reglamento propuesto, en ausencia de una excepción aplicable”.

El Departamento de Estado también ha dicho que abrirá centros regionales de procesamiento en todo el hemisferio occidental para facilitar el acceso a vías legales con las primeras instalaciones que se establecerán en varios países, incluidos Colombia y Guatemala.